TESORERA SECRETARIA: SRA. DIANA ORTIZ.
AUXILIAR DE SECRETARIA: SRA. MARLENE ALARCON.
CHOFER: SR. RONAL TORRES.
PROMOTOR AMBIENTAL: SR. SANTOS GUERRERO
TECNICO: ING. MIGUEL VELEZ
TESORERA SECRETARIA: SRA. DIANA ORTIZ.
AUXILIAR DE SECRETARIA: SRA. MARLENE ALARCON.
CHOFER: SR. RONAL TORRES.
PROMOTOR AMBIENTAL: SR. SANTOS GUERRERO
TECNICO: ING. MIGUEL VELEZ
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Sr. Angel Yanza.
PRESIDENTE GADPR San Carlos
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Sr. Jaime Ramon
VICE PRESIDENTE
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SEGUNDO VOCAL
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Sr. Servio Curipoma
SEGUNDO VOCAL
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Sr.
TERCER VOCAL
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COOTAD
Capítulo IV
Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural
Sección Primera
Naturaleza jurídica, sede y funciones
Artículo 63.- Naturaleza jurídica.- Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por los órganos previstos en este Código para el ejercicio de las competencias que les corresponden.
La sede del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural será la cabecera parroquial prevista en la ordenanza cantonal de creación de la parroquia rural.
Artículo 65.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural.- Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen:
Misión.
Desarrollar una gestión participativa con las comunidades, organizaciones e instituciones, con principios de equidad, solidaridad y transparencia, en beneficio de todos los pobladores de la parroquia.
Visión.
San Carlos será una parroquia desarrollada en lo económico y social, será reconocida a nivel nacional e internacional, por su capacidad de organización y su productividad en el campo agrícola, contará con servicios básicos, sociales de calidad para toda la población.